18 Nov
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El Instituto de Actuarios de España ha publicado la Nota Técnica 1/2025, elaborada por el Observatorio Actuarial de Valoración de Perjuicios Patrimoniales del Centro de Investigación Actuarial de España, en la que analiza ciertos aspectos del creciente uso del Baremo de Autos como referencia para la valoración de perjuicios en accidentes distintos del tráfico, especialmente en el ámbito de la actividad sanitaria. También identifica prácticas para cumplir con el principio de reparación del daño.

Desde la entrada en vigor de la Ley 35/2015, que reformó profundamente el sistema de valoración de daños resarcibles en accidentes de circulación, el Baremo de Autos se ha convertido en la referencia técnica más completa disponible en España para la valoración de perjuicios personales. Esta circunstancia ha llevado a que, ante la inexistencia de un Baremo específico para el ámbito sanitario, su metodología haya sido utilizada con frecuencia para valorar los daños derivados de eventos adversos médicos. 

Sin embargo, el Instituto de Actuarios de España advierte de que en algunos casos se están produciendo interpretaciones actuariales incorrectas cuando el Baremo se aplica fuera de su contexto original, especialmente en situaciones de lesionados muy severos en el entorno sanitario. En algunos de estos supuestos, el informe médico pericial suele estimar una expectativa de vida reducida, frente a un sistema con tablas e hipótesis de uso obligatorio que debe ser considerado en su integridad. Ante dichos supuestos, el Instituto de Actuarios defiende en su Nota Técnica que (1) la forma más segura de evitar desviaciones en indemnizaciones a lesionados muy severos es indemnizar en forma de renta; que (2) ajustar las tablas de mortalidad no es actuarialmente viable ni compatible con las Bases Técnicas Actuariales; y que (3) es incorrecto equiparar una expectativa de esperanza de vida médica con la esperanza de vida actuarial. Con esta Nota Técnica, el Instituto de Actuarios de España reafirma que el Baremo de Autos constituye un sistema sólido, objetivo y normativamente estructurado, cuya aplicación exige respetar íntegramente sus Bases Técnicas Actuariales. Alerta el Instituto que la introducción de modificaciones parciales sin una revisión sistemática y regulada puede poner en riesgo la coherencia del sistema y la seguridad jurídica tanto para los perjudicados como para las entidades aseguradoras. El Instituto recuerda la necesidad de regular un baremo indemnizatorio de los daños y perjuicios sobrevenidos con ocasión de la actividad sanitaria (Baremo Sanitario), conforme se preveía en la Disposición adicional tercera de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. El Instituto de Actuarios de España, como corporación oficial de derecho público, es responsable de velar por la correcta práctica profesional actuarial en España, y en virtud de esta competencia emite esta Nota Técnica. 

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