El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) del 16 de marzo recoge la publicación de la comunicación de una modificación normal aprobada del pliego de condiciones de la una indicación geográfica protegida (IGP) Calçot de Valls, solicitada por el departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Una de las modificaciones es la eliminación de requisitos a características morfológicas de las cebollas. En la Descripción general de la variedad Blanca grande tardía de Lleida: se suprimen las características morfológicas de la cebolla ya que no tienen relación con las características de los calçots y por que van implícitas con la variedad amparada.
También se amplía el rango de diámetros de los calçot amparados por la IGP. Se varía en 0,2 cm el mínimo y el máximo aceptado. De modo que el diámetro medido a 5 cm de la raíz ha de estar comprendido entre 1,5 y 2,7 cm. La experiencia de los productores y de los elaboradores aconseja incrementar ligeramente el rango del diámetro de los calçots.
Se añade un porcentaje de tolerancia en el cumplimiento de estos parámetros ya que se ha considerado necesario reflejar este dato en el pliego de condiciones.
También hay una modificación de la valoración de la fibrosidad. En las características organolépticas: se rectifica la valoración de la fibrosidad que pasa a describirse como "fibrosidad baja" porque, aunque los calçots de Valls son un alimento fibroso como cualquier cebolla, estudios científicos han podido establecer que en comparación con otras variedades su nivel es bajo.
Desde los inicios de la IGP Calçot de Valls, la zona geográfica definida correspondía a todos los municipios de las cuatro comarcas con vocación productora, Alt Camp, Baix Camp, Tarragonès y Baix Penedès, en la provincia de Tarragona. Sin embargo, por error en el momento de la redacción del pliego de condiciones inicial y por la segregación de municipios, 4 de ellos no constan en la relación de municipios del pliego de condiciones. Por ello se completa con los municipios siguientes: en la comarca del Tarragonès: la Canonja, la Pobla de Mafumet y Salou; en la comarca del Alt Camp: Rodonyà.
En el pliego de condiciones se introduce un cambio relativo al manejo de los bulbos después de ser arrancados y previamente a ser trasplantados. Tradicionalmente, se cortaba la parte superior para obtener un pequeño aumento de la precocidad. Con los conocimientos actuales se sabe que esta práctica agronómica incrementa el riesgo de infecciones y por lo tanto es poco recomendable desde el punto de vista sanitario. Por ello, se elimina su obligatoriedad del pliego de condiciones.
Se matiza que si bien al separar los «calçots» de la mata habitualmente se hace de forma individual también se permite que puedan estar en pequeños grupos.
Acondicionamiento de los calçots: Se añade un formato de manojo más reducido. En un inicio la comercialización en manojos de 25 y 50 unidades se estableció por ser 25 las unidades que se consideraba que consumía un comensal. Los hábitos alimenticios cambian con los años y en la actualidad el mercado pide la comercialización de los calçots en formatos de menos unidades, es por ello que se añade el manojo de 12 unidades a los de 25 y 50 unidades existentes.
Se considera conveniente cambiar la descripción de la atadura identificativa de la IGP con la que se atan los manojos. En vez de una «cinta azul» como estaba establecido hasta ahora, se pasa a «ligadura azul» con el fin de no acotar ni el tipo ni el material con el que se atan los manojos. Este cambio se ve también reflejado en el apartado Normas especiales sobre el corte en lonchas, el rallado, en envasado, etc.