08 Jun
08Jun

El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) del 8 de junio publica la Petición de decisión prejudicial presentada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el 6 de marzo de 2026 que afecta a la Administración del Estado (Subdirección General de Clases Pasivas – Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social – Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones – Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones) como demandada, y a HE como demandante.

La cuestión prejudicial es: ¿La prohibición de discriminación por razón de edad contemplada en el art. 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, el art. 10 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y los arts. 1, 2 y 6 de la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, debe ser interpretada en el sentido de que impediría o se opondría a una norma nacional, en concreto a la anterior redacción de la Disposición Adicional Decimoctava LCPE, que regula el reconocimiento del derecho a un complemento de pensión por maternidad excluyendo únicamente de su percibo a aquellos progenitores que cumpliendo exactamente los mismos requisitos de cotización que quienes hayan accedido a su pensión contributiva de jubilación con 65 años, no hayan alcanzado dicha edad?

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