03 Jul
03Jul

El ejercicio 2025 constituye el tercer año consecutivo de despliegue de la Ley16/2022, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, motivo por el que dejan de analizarse los concursos consecutivos, y se observa una mayor presencia de los nuevos procedimientos especiales para microempresas como alternativa a los procedimientos concursales ordinarios o “tradicionales”. En el Anuario Concursal 2025, elaborado por el Colegio de Registradores, con el asesoramiento científico de la UAB se han registrado 1.427 de estos procedimientos especiales, suponiendo un 22,5% del total de la muestra.

Las sociedades que iniciaron procedimiento de insolvencia en 2025 tienen, en promedio, mayor plantilla que el conjunto de empresas españolas, al menos la mitad cuenta con 5 o más asalariados, y el 25 % de mayor tamaño alcanza los 12 o más. La concursada típica en 2025 sigue perteneciendo al sector servicios (no inmobiliarios) y con una edad mediana de diez años en el momento de iniciar el procedimiento. Este año sólo un 10,5 % tendrían capacidad para cancelar sus deudas en 5 años, y el 67% han obtenido un resultado neto negativo.

La deteriorada situación financiero patrimonial en la que se encuentran las sociedades que inician el procedimiento sigue siendo una característica estructural presente en la mayoría de los casos: dos terceras partes presentan resultados netos negativos y un 58,2% ni tan siquiera genera recursos positivos para atender su deuda. Aquellas sociedades que inician el procedimiento en 2025 presentan fondos propios negativos en el 45 % de los casos, y, como aspecto positivo, el porcentaje de sociedades con capacidad financiera suficiente para cumplir un convenio dentro delos límites habituales de la ley ha sido del 18,9%, continuando con la senda positiva iniciada en 2022 (17,6 % en 2024, 16,5 % en 2023 y 13 % en 2022).

En 2025, una de cada cinco sociedades concursadas pertenecía al ciclo de la construcción (criterio de agrupación específico del SEREG que incluye todas aquellas actividades relacionadas con el sector de la construcción; extracción de materias primas, fabricación de materiales y equipo, actividades anexas y actividades inmobiliarias), una proporción que se mantiene estable respecto de ejercicios anteriores. Del total de las concursadas, pertenecen al sector de servicios no inmobiliarios el 65,6% de las sociedades, el 12,4% a industria y el 1,4% restante a agricultura y pesca.

Reasignación de recursos y recuperación del crédito

En 2025, de las 1.301 fases sucesivas iniciadas (convenio o liquidación), un 94,2% (93,5% en 2024)fueron liquidaciones directas, y un 5,8% (5,3% en 2024) liquidaciones procedentes de intentos fallidos de reestructuración. Por lo tanto, por tercer año, las liquidaciones sobrepasan el 95% del total de fases sucesivas iniciadas (98,3%).

En más de 2.653 casos (2.700 en 2024 y 2.600 en 2023), se declaran concursos sin masa, sin recursos suficientes para atender los costes del procedimiento; y se han identificado al menos 62 casos en los que se inicia la fase de liquidación posterior, indicando así que finalmente sí disponían de recursos para sufragar el procedimiento. En 2025, la mediana de la expectativa de cobro para los acreedores ordinarios, suponiendo el cumplimiento íntegro de los pagos, se situó en el 67,7%, claramente por encima de años anteriores (56,9% en 2024, 48,8 % en 2023 y 47,7% en 2022). 

En los convenios aprobados en fase común(sin apertura de fase de convenio y, por tanto, más ágiles), la expectativa es aún mayor; un 75%.En el 25% de los casos, la expectativa de cobro supera el 90,4% de las deudas (frente al 89,4% en 2024) y, en el 5 % de los procedimientos, se prevé la devolución del 98,3% de las deudas.

Las novedades procesales introducidas por la Ley 16/2022 han obligado a ajustar la metodología de análisis según el tipo de tramitación; al desaparecer los procedimientos abreviados se distingue ahora entre concursos de mayor o menor complejidad, según superen o no los 5 millones€ de pasivo. Con esta diferenciación, el 92,8% de los concursos de menor complejidad alcanza la fase sucesiva (convenio o liquidación) en un plazo igual o inferior a un año, cifra claramente superior a la de los de mayor complejidad, con un 77,8%. 

Con independencia del tipo de tramitación, los procedimientos tienden a desarrollarse con mayor agilidad cuando la solicitud parte del propio deudor,  en concursos voluntarios.

Un año más, es dentro del grupo de concursos de mayor complejidad y duración de la fase común donde se concentra el 5% de sociedades de mayor tamaño de la muestra, con pasivos que superan los 147 millones€ (frente a 704 millones en 2024), cuando el pasivo típico de este grupo se sitúa en torno a los 6,8 millones.

En 2025, se estima que un concurso liquidatorio tarda 182 días en concluir (frente a 254 días en 2024). Si se excluyen los concursos sin masa y exprés (aquellos que se concluyen en el mismo acto de declaración), la duración media asciende a 1.714 días (1.646 en 2024). La mayor parte de este tiempo, una vez más, se concentra en la fase de liquidación, por lo que no responde a factores estrictamente procesales.

Los concursos “sin masa” concluidos en 2025, con y sin nombramiento de administrador concursal, han tenido una duración mediana de 59 días; y aproximadamente de un mes (32 días) en el 5% delos casos. Por su parte, el procedimiento especial para microempresa típico, también liquidatorio, concluido durante el año, ha tenido una duración que no alcanza los cinco meses y medio. En estos últimos procedimientos se observa una gran variabilidad en los tiempos, con duraciones ligeramente superiores a 2 meses y medio en el 25 % de los casos, y cercanas a los diez meses en otro 25 %.

Ciclo de la Construcción

En 2025 el peso del Ciclo constructivo se cifra en el 20,7 % de las sociedades que inician un procedimiento. El análisis de la evolución del número de concursados por sectores indica que el Ciclo constructivo creció un 4,6 %, movimiento que se pudo observar en mayor medida en el subsector de las actividades inmobiliarias, que experimentó un aumento del 13,2%.Del total de pasivos afectados por procedimientos concursales (alrededor de 5.500 millones€), los pasivos vinculados a la construcción representaron el 18,3% del total (20,5% y 18,8% en 2024 y 2023 respectivamente), alcanzando el sector de servicios inmobiliarios el 6,4% del total.

En 2025, las sociedades de extracción de materias primas para la construcción han sido, de nuevo, las que reflejaron peores niveles de viabilidad: en el caso de generar recursos positivos requerirían 41 años para atender la totalidad de sus pasivos. Y son las sociedades de industrias de la construcción y de agricultura y pesca las que reflejan los mejores niveles; en 2025 requerirían 8 años para atender la totalidad de sus pasivos. La sociedad típica del subsector de la construcción con recursos generados positivos tardaría 11 años en atender todas sus deudas (12 en 2024, 14 en 2023).

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