El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) del 16 de febrero publica el Reglamento (UE) 2026/338 de la Comisión de 13 de febrero de 2026por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/1803 en lo referente a la Norma Internacional de Información Financiera 18. La NIIF 18 promueve la presentación de información sobre el rendimiento financiero garantizando que las empresas revelen información pertinente que represente de manera fiel sus activos, pasivos, patrimonio neto, ingresos y gastos. Gracias a ella, los inversores pueden tomar decisiones más fundadas que conduzcan a una mejor asignación de capital y contribuyan a la estabilidad financiera a largo plazo.
La NIIF 18 refuerza, en particular, la calidad de la información financiera, al exigir la presentación de los subtotales definidos de las empresas en el estado de resultados, exigir la revelación de información sobre las valoraciones del rendimiento definidas por la dirección y añadir nuevos principios para la agregación y desagregación de la información.
Tras consultar al Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG), la Comisión ha concluido que la NIIF 18 cumple las condiciones para su adopción. Procede, por tanto, modificar el Reglamento (UE) 2023/1803.
Todas las empresas aplicarán la modificación a más tardar desde la fecha de inicio de su primer ejercicio a partir del 1 de enero de 2027. El Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el DOUE, será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.