En el primer caso se incluyen parcelas y nuevas variedades, entre otras modificaciones. En el segundo, se actualiza la terminología sobre el "amarillo tardío, entre otras.

La Comisíón Europea acepta una reducción de la graduación alcohólica adquirida mínima de los vinos tintos, rosados y blancos, así como de los vinos espumosos de calidad de la DOP Rioja.

La limitación actualmente establecida condiciona la elaboración de sidra natural y natural espumosa bajo unos parámetros de calidad que, en la práctica, han excluido del amparo de la DOP determinadas sidras que cumplían íntegramente el resto de requisitos del pliego, incluidas sus características organolépticas.

Se fija un grado mínimo del 8,5% para la uva de toda la DOP Cava. En la IG Brandy de Jerez se introduce la posibilidad de envejecimiento mediante el sistema estático o de Añadas.

La poda de invierno en melocotonero cambia las proporciones de los árboles y aumenta el tamaño de las hojas y los frutos, tratándose de una operación fundamental para favorecer la ventilación de las parcelas, permitiendo minimizar la incidencia de ciertas plagas.

La Comisión Europea aclara las normas técnicas de regulación de los verificadores externos, y la información que debe incluirse en la solicitud de registro de éstos.

Se incluyen, en determinadas condiciones, los vinos parcialmente desalcoholizados.

La Comisión Europea reconoce que el sector de la defensa es un mercado poco atendido debido, entre otras cuestiones, a las limitaciones de las políticas inversoras de las entidades de crédito públicas y privadas.

Para la mejora de la calidad y de la especificidad de los vinos acogidos a la denominación, se introducen las variedades de uva tinta Merenzao y Espadeiro y las blancas Branco lexítimo y Albilla do Avia.

El Reglamento será aplicable con efectos retroactivos del 30 de septiembre de este año.

El cambio climático está afectando significativamente al perfil de ácidos grasos del aceite de oliva, especialmente al contenido de ácido oleico, cuya reducción se asocia a déficits hídricos y altas temperaturas.

Otro Reglamento aclara las normas técnicas para establecer el principal factor de riesgo de una operación y para determinar si ésta es larga o corta. Un tercero se refiere a las normas técnicas de regulación en las que se especifican las condiciones para evaluar la importancia de las ampliaciones y los cambios en la utilización de los modelos internos alternativos y de los cambios en el subconjunto de factores de riesgo modelizables.