El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) del 6 de noviembre recoge la publicación de la comunicación de una modificación normal aprobada del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida (DOP) Antequera, solicitada por la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria.
Esta modificación consolida la modificación temporal aprobada mediante Orden de 11 de marzo de 2024 por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, justificada por el fuerte impacto que ha causado la sequía y el cambio climático en el olivar y la cosecha de aceituna, que continua incidiendo en las características físico-químicas de los aceites de oliva vírgenes extra de la zona geográfica amparada por la DOP Antequera.
Supone una modificación de los límites de ácido oléico con valores «entre 78 y 81 %» a «entre 72 y 81 %» y de los límites de ácido linoléico con valores «entre 5 y 8 %» a «entre 4 y 10 %».
Diversos estudios y registros de las cinco últimas campañas demuestran que el cambio climático está afectando significativamente al perfil de ácidos grasos del aceite de oliva, especialmente al contenido de ácido oleico, cuya reducción se asocia a déficits hídricos y altas temperaturas. Este descenso conlleva una modificación en la proporción de ácidos grasos saturados e insaturados, y guarda una relación inversa con el contenido de ácido linoleico, que aumenta en paralelo. Por ello, desde un enfoque técnico, se modifican los intervalos establecidos para los ácidos oleico y linoleico, respetando la normativa vigente y garantizando la calidad del aceite protegido por la DOP «Antequera».
Se elimina el análisis de los parámetros relativos a la relación de ácidos grasos monoinsaturados/saturados y de ácidos oleico/linoléico. Con base en la evidencia científica actual, se justifica la supresión de los parámetros relativos a las relaciones ácidos grasos monoinsaturados/saturados y oleico/linoléico como indicadores indirectos de la estabilidad oxidativa del aceite de oliva. Ésta ya queda adecuadamente evaluada mediante los parámetros de calidad K270 e índice de peróxidos, que analizan directamente el grado de oxidación.
Se suprime el requisito relativo al contenido de metil-esteroles superiores a 30 mg/100 mg de aceite, dado que no existe actualmente un método oficial validado para su análisis en aceites de oliva vírgenes extra, conforme al Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2105 de la Comisión, de 29 de julio de 2022, que establece las normas aplicables a los métodos analíticos de caracterización del aceite de oliva.
En consecuencia, no es posible requerir este análisis a ningún laboratorio acreditado, ya que no disponen de un método específico ni estandarizado para este parámetro. Por ello, la entidad de certificación no puede supervisar ni verificar su cumplimiento, lo que imposibilita su aplicación en el marco de control oficial.
La zona de producción pasa a comprender 18 municipios del área Septentrional de la provincia de Málaga que son: Alameda, Almargen, Antequera, Archidona, Campillos, Cañete La Real, Cuevas Bajas, Cuevas de San Marcos, Fuente de Piedra, Humilladero, Mollina, Sierra de Yeguas, Teba, Villanueva de Algaidas, Villanueva de la Concepción, Villanueva del Rosario, Villanueva del Trabuco y Villanueva de Tapia, y un municipio de la provincia de Córdoba: Palenciana.
Se incorpora el término municipal de Villanueva de la Concepción en la relación de municipios que conforman la zona de producción protegida pues hasta el momento se contemplaba como una entidad local autónoma del municipio de Antequera. De modo, que la superficie total de la zona protegida y superficie del olivar no varía, solicitándose únicamente la actualización de la relación de municipios.
Se flexibiliza la exigencia actual relativa al requisito de que los operadores cumplan con la norma ISO 9001:2000 con el cumplimiento, de manera alternativa, de normas reconocidas por GFSI (son sistemas de gestión de la seguridad alimentaria y también incorporan requisitos relativos a la gestión de la calidad) permitiendo así, a los operadores adaptar sus sistemas a las demandas del mercado y seleccionar la certificación que mejor se ajuste a sus procesos y necesidades.